¿A quién no le ha pasado? Cuando nos acercamos a un cruce peatonal con demarcaciones bien visibles y bien demarcadas, pensamos que será fácil el cruzarlo con nuestro vehículo, sin embargo, existen elementos o conductas que nos complican la maniobra.
Por ejemplo: llegar a un cruce y encontrarnos con edificaciones antiguas, estas existen con base en otras legislaciones de edificación, por eso es que las edificaciones están muy apegadas a la calzada y existe un muy poco espacio para el tránsito de peatones. El que una edificación esté muy apegada a la calzada es un problema, dado que en la reglamentación vial, existen en los cruces líneas de detención obligatorias (imaginarias o demarcadas) las cuales hacen que los vehículos tengamos que respetarlas, principalmente en las señales "pare" o "ceda el paso" y al respetar esta línea de detención, no se puede tener ninguna visibilidad sobre el tránsito de vehículos que tiene la correspondiente preferencia.
Sumémosle a esto, la nula visibilidad que tenemos sobre los peatones, ocultados por las edificaciones. Todas estas realidades que existen en la conducción, corresponden a elementos que nos dificultan las maniobras en un seguro desplazamiento en la vía pública. Entonces, ¿cómo sería la manera correcta de avanzar?.
FORMA CORRECTA DE AVANZAR
Al llegar el cruce y al ver la presencia de peatones que están con "intenciones claras de pasar" hay que detenerse obligatoriamente en la línea de detención, para darle el "derecho preferente de paso". Una vez pasen los peatones, debemos avanzar y situarnos obligatoriamente sobre el paso de cebra para detenernos nuevamente y verificar que no vengan vehículos en la pista de preferencia (esto si se trata de un cruce con señal "ceda el paso" o "pare").
RESPONDIENDO A LA PREGUNTA
Entonces, ¿Podemos dar marcha atrás en los pasos peatonales cuando ya traspasamos la línea de detención? Si se acercan peatones cuando estamos ya realizando esta maniobra, el peatón debe ceder el paso a ese vehículo que está próximo a cruzar la calzada o al menos, pasar por atrás del vehículo. No está permitido que un vehículo ponga marcha atrás y pueda devolverse para darle preferencia nuevamente al peatón.
Esto está específicamente prohibido y lo expresa el artículo 115 del DFL 1 de la ley de tránsito.
CONDUCTA ERRONEA DEL PEATÓN
Es normal que el peatón crea o confunda que el derecho preferente de paso se le tiene que respetar, incluso, cuando él provenga a unos 10 o más metros del paso de cebra y no sea visibilizado por un conductor, pero esto no es así. Para que pueda otorgarse el derecho preferente de paso, debe en primera instancia, demostrar su intención de querer cruzar la calzada con su lenguaje corporal, es decir, que los demás conductores lo puedan ver y observar que se está aproximando al paso de cebra y tiene una real intención de cruzarlo. Perfectamente, podría otro peatón doblar por la berma y nunca cruzar el paso peatonal.
Un peatón tampoco puede llegar y cruzar la calzada repentinamente ni tampoco corriendo, la prohibición anterior lo expresa el artículo 162 del DFL 1, número 7.
COMENTARIO PERSONAL
Si bien la ley de tránsito o la norma que la refunde (DFL 1) no especifica los metros que debe estar situado un peatón sobre el paso de cebra o los metros que debe estar el peatón situado en la berma del paso peatonal, es muy importante que lo que prime sea el lenguaje corporal del peatón.
Primero, que el peatón esté visible para el conductor (no oculto por la edificación, quisco u otros objetos)
Segundo, que el peatón esté parado en la berma a una poca distancia (ideal de 1 o 2 metros) de la calzada o del paso peatonal.
Tercero, que el peatón haga un contacto visual con el conductor (para cerciorarse que fue visto por el conductor)
Si fuese un cruce regulado (con un semáforo) se entiende que los puntos anteriores descritos no aplicarían estas recomendaciones, dado que en un cruce regulado, solo se debe esperar la luz verde.